Las Auxiliares de Inicial no deben asumir labor docente |
LAS AUXILIARES DE EDUCACIÓN INICIAL, DEBEN TENER EN CUENTA QUE DE ACUERDO AL D.S.Nº 008-2014-MINEDU, SE ESTABLECE QUE EL AUXILIAR DE EDUCACION PRESTA APOYO AL DOCENTE EN ACTIVIDADES FORMATIVAS Y DISCIPLINARIAS . POR SU PARTE ,LA R.M. Nº 556-2014-MINEDU "NORMA TECNICA DEL AÑO ESCOLAR 2015" INDICA QUE LAS AUXILIARES DE EDUCACION INICIAL NO DEBEN ASUMIR PRACTICA PEDAGÓGICA DOCENTE (5.1.1. a.-).
ANTERIORMENTE, CON LA LEY DEL PROFESORADO 24029-25212 Y SU REGLAMENTO , EL AUXILIAR ERA PERSONAL DE APOYO TÉCNICO-PEDAGÓGICO AL PROFESORADO , HOY YA NO, DE ACUERDO AL NUEVO MARCO NORMATIVO DE LA LEY 29944 Y SU REGLAMENTO PERTINENTE.
ANTERIORMENTE, CON LA LEY DEL PROFESORADO 24029-25212 Y SU REGLAMENTO , EL AUXILIAR ERA PERSONAL DE APOYO TÉCNICO-PEDAGÓGICO AL PROFESORADO , HOY YA NO, DE ACUERDO AL NUEVO MARCO NORMATIVO DE LA LEY 29944 Y SU REGLAMENTO PERTINENTE.
POR LO TANTO ,LA PROFESORA DE AULA ES LA UNICA RESPONSABLE DE ASUMIR PRACTICA PEDAGÓGICA DOCENTE POR ESTAR DENTRO DE LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL , GOZAR DE SU R.I.M. ,TENER ESCALA MAGISTERIAL Y AULA A CARGO.
EN TAL SENTIDO, SE LES EXHORTA AL PERSONAL CONTRATADO ,SOBRE TODO , PARA QUE HAGAN RESPETAR SU CARGO Y NO OCUPEN LOS PUESTOS DE PROFESORAS DE AULA , NI RESPONSABILIDADES QUE NO LES COMPETE , PARA EVITAR PROBLEMAS A FUTURO, TENIENDO EN CUENTA QUE ESTA EN CAMINO UN PROYECTO DE NOMBRAMIENTO.
ALGUNAS DIRECTORAS DE II.EE. POR "NECESIDAD DE SERVICIO" ESTAN OBLIGANDO A LAS AUXILIARES A ASUMIR AULA ,LO CUAL ES UN ACTO QUE INFRINGE LAS NORMAS ESTABLECIDAS Y ESTARÍAN SUJETAS A UNA QUEJA ADMINISTRATIVA .
SI EXISTE DICHA NECESIDAD , EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEBE DISPONER EL INCREMENTO DE PLAZAS, EN TODO CASO .
LAS AUXILIARES DE EDUCACIÓN ,SI BIEN ESTAN EN LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL, PERO NO ENCUENTRAN DENTRO DE LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL ,YA QUE NO TIENEN ESCALA MAGISTERIAL , NO GANAN EL R.I.M. Y NO SE ENCUENTRAN CONSIDERADOS DENTRO DEL ÁREA PEDAGÓGICA .
EN ESE SENTIDO,LAS ACTIVIDADES TÉCNICO PEDAGÓGICAS Y LA ELABORACIÓN DE MATERIALES DIDÁCTICOS PARA SUS SESIONES DE APRENDIZAJES , SON DE ENTERA RESPONSABILIDAD DELAS PROFESORAS DE AULA Y NO DE LAS AUXILIARES DEEDUCACION.
SI EXISTE DICHA NECESIDAD , EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEBE DISPONER EL INCREMENTO DE PLAZAS, EN TODO CASO .
LAS AUXILIARES DE EDUCACIÓN ,SI BIEN ESTAN EN LA LEY DE LA REFORMA MAGISTERIAL, PERO NO ENCUENTRAN DENTRO DE LA CARRERA PUBLICA MAGISTERIAL ,YA QUE NO TIENEN ESCALA MAGISTERIAL , NO GANAN EL R.I.M. Y NO SE ENCUENTRAN CONSIDERADOS DENTRO DEL ÁREA PEDAGÓGICA .
EN ESE SENTIDO,LAS ACTIVIDADES TÉCNICO PEDAGÓGICAS Y LA ELABORACIÓN DE MATERIALES DIDÁCTICOS PARA SUS SESIONES DE APRENDIZAJES , SON DE ENTERA RESPONSABILIDAD DELAS PROFESORAS DE AULA Y NO DE LAS AUXILIARES DEEDUCACION.